La pregunta «¿cuánto paga un autónomo al mes?» tiene una respuesta corta y engañosa: la cuota de la Seguridad Social, que en 2026 va desde unos 206 € hasta unos 607 € según tus ingresos. Pero esa cifra es solo una parte. A ella se suman el IRPF (que se paga por trimestres y se liquida en la renta), el IVA (que no es un gasto tuyo, pero pasa por tu cuenta y hay que ingresarlo) y los gastos fijos de la actividad: gestoría, seguros, software, teléfono…
En esta guía calculamos con números cuánto sale realmente de cada factura y cuánto te queda limpio, con dos ejemplos completos.
Resumen rápido: con una facturación de 2.500 € al mes (sin IVA) un autónomo puede quedarse con unos 1.450 € limpios; con 1.500 € al mes, unos 860 €. Como regla práctica, reserva entre el 25 % y el 30 % de lo que facturas sin IVA para cuota e IRPF, y aparte el IVA completo.
Índice
- Los cuatro bloques de costes de un autónomo
- La cuota de la Seguridad Social
- El IRPF: cuánto se paga de verdad
- El IVA: no es un coste, pero hay que apartarlo
- Gastos fijos habituales de la actividad
- Ejemplo 1: facturación de 2.500 € al mes
- Ejemplo 2: facturación de 1.500 € al mes
- Cuánto reservar de cada factura
- El primer año con tarifa plana
- Errores que distorsionan tus cuentas
- Preguntas frecuentes
Los cuatro bloques de costes de un autónomo
Para saber cuánto cuesta ser autónomo, separa lo que pagas en cuatro bloques:
| Bloque | Qué es | Frecuencia | ¿Es un coste real? |
|---|---|---|---|
| Cuota de la Seguridad Social | Cotización al RETA según tus rendimientos | Mensual | Sí |
| IRPF | Impuesto sobre tus beneficios | Trimestral (anticipos) y anual (renta) | Sí |
| IVA | Impuesto que cobras a tus clientes y entregas a Hacienda | Trimestral | No, pero hay que apartarlo |
| Gastos de la actividad | Gestoría, seguros, software, material… | Mensual/anual | Sí (y deducibles) |
Mucha gente calcula mal sus ingresos porque mezcla el dinero que le entra con el dinero que es suyo: el IVA de cada factura no te pertenece.
La cuota de la Seguridad Social
Desde 2023 la cuota depende de tus rendimientos netos mensuales, dentro de un sistema de 15 tramos. Se calcula como base de cotización × 31,50 % en 2026. La cuota mínima va de 205,88 € (hasta 670 € de rendimientos netos al mes) a 607,35 € (más de 6.000 € al mes), y puede ser mayor si eliges una base superior a la mínima de tu tramo.
Tienes la tabla completa y la fórmula en [enlace interno: Cuota de autónomos por ingresos reales: tabla de tramos y ejemplos]. Si acabas de empezar, el primer año puedes pagar solo unos 80 € con la tarifa plana: [enlace interno: Tarifa plana de autónomos: requisitos, duración y cómo solicitarla].
La cuota incluye cobertura de incapacidad temporal, jubilación, cese de actividad y formación profesional, además de la mutua que elijas. Es un gasto deducible en el IRPF, así que reduce la base sobre la que tributas.
El IRPF: cuánto se paga de verdad
El IRPF es el impuesto más difícil de estimar porque no se paga un porcentaje fijo: depende de tus rendimientos, de tu comunidad autónoma y de tu situación personal. Funciona en dos tiempos:
- Durante el año pagas anticipos. O bien tus clientes te retienen un porcentaje en la factura (el 15 % en general, el 7 % durante tres años si eres nuevo profesional), o bien presentas tú el modelo 130 cada trimestre con el 20 % de tus beneficios.
- En la declaración de la renta se calcula el impuesto real con la escala progresiva y se compara con los anticipos: te devuelven o pagas la diferencia.
Los rendimientos que tributan son ingresos menos gastos deducibles (incluida la cuota de la Seguridad Social). En la estimación directa simplificada, además, se aplica una deducción del 5 % por gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 €.
Para los ejemplos usamos una escala orientativa combinada (estatal + autonómica) y un mínimo personal de 5.550 €:
| Parte de la base liquidable | Tipo orientativo |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 19 % |
| De 12.450 a 20.200 € | 24 % |
| De 20.200 a 35.200 € | 30 % |
| De 35.200 a 60.000 € | 37 % |
| Más de 60.000 € | 45 % o más |
Los tipos reales varían por comunidad autónoma y por circunstancias personales (hijos, discapacidad, otras rentas). Son una guía para estimar, no tu cálculo definitivo.
[enlace interno: Cuánto IRPF paga un autónomo según su facturación]
El IVA: no es un coste, pero hay que apartarlo
Cuando facturas, sueles añadir el IVA (21 % en la mayoría de actividades) al importe. Ese dinero no es tuyo: lo cobras en nombre de Hacienda. Cada trimestre presentas el modelo 303 y entregas la diferencia entre:
- el IVA que has cobrado a tus clientes (repercutido), y
- el IVA que has pagado en tus compras y gastos de la actividad (soportado).
Es un movimiento de caja, no un gasto. El error típico es gastarse ese dinero y no tener con qué pagar el trimestre. [enlace interno: Cómo presentar el modelo 303 de IVA paso a paso].
Gastos fijos habituales de la actividad
Además de la cuota y los impuestos, ser autónomo tiene costes recurrentes. Estos son rangos orientativos para un freelance de servicios:
| Gasto | Rango orientativo |
|---|---|
| Gestoría online | 30 – 80 €/mes (las tradicionales, 80 – 150 €/mes) |
| Programa de facturación | 0 – 30 €/mes |
| Seguro de responsabilidad civil | 10 – 30 €/mes (según actividad) |
| Móvil e internet profesional | 40 – 80 €/mes |
| Herramientas y suscripciones | 20 – 150 €/mes |
| Espacio de trabajo (coworking, opcional) | 80 – 250 €/mes |
| Formación | 20 – 80 €/mes |
| Cuenta bancaria profesional | 0 – 10 €/mes |
La mayoría son deducibles, así que reducen tu IRPF. Eso no significa que «salgan gratis»: un gasto de 100 € deducible te ahorra, en el mejor caso, entre 19 y 30 € de impuestos. [enlace interno: Gastos deducibles de un autónomo: lista completa].
Ejemplo 1: facturación de 2.500 € al mes
Perfil: consultora freelance que factura 30.000 € al año (sin IVA), con unos gastos de la actividad de 375 € al mes (gestoría de 55 €, software de 15 €, seguro de 15 €, internet y móvil de 60 €, material de 100 €, formación de 40 € y otros de 90 €).
Cálculo de la cuota: sus rendimientos netos computables rondan los 2.370 € al mes, lo que la sitúa en el tramo 10 (cuota mínima de 427,21 € al mes, 5.126,52 € al año).
Cálculo del IRPF:
- Ingresos − gastos − cuota SS = 30.000 − 4.500 − 5.126,52 = 20.373,48 €
- Deducción del 5 % por gastos de difícil justificación: − 1.018,67 € → base de 19.354,81 €
- Cuota por la escala: 4.022,65 €, menos 1.054,50 € por el mínimo personal → ≈ 2.968 € al año
| Concepto | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Facturación (sin IVA) | 2.500 € | 30.000 € |
| Gastos de la actividad | − 375 € | − 4.500 € |
| Cuota de autónomos | − 427 € | − 5.127 € |
| IRPF estimado | − 247 € | − 2.968 € |
| Te quedan limpios | ≈ 1.450 € | ≈ 17.405 € |
Y el IVA: ha cobrado 6.300 € de IVA (21 % de 30.000 €) y ha pagado unos 630 € en sus gastos. Debe ingresar ≈ 5.670 € al año, unos 1.417 € por trimestre. No es un gasto, pero tiene que estar en la cuenta cada trimestre.
Conclusión: de cada 100 € facturados (sin IVA), le quedan unos 58 €. El resto se va en gastos (15 €), cuota (17 €) e IRPF (10 €).
Ejemplo 2: facturación de 1.500 € al mes
Perfil: artesano con tienda online que factura 18.000 € al año (sin IVA) con unos gastos de 250 € al mes.
Cálculo de la cuota: rendimientos netos computables de unos 1.440 € al mes, lo que le sitúa en el tramo 5 (cuota mínima de 302,65 € al mes, 3.631,80 € al año).
Cálculo del IRPF:
- Ingresos − gastos − cuota SS = 18.000 − 3.000 − 3.631,80 = 11.368,20 €
- Deducción del 5 %: − 568,41 € → base de 10.799,79 €
- Cuota por la escala: 2.051,96 €, menos 1.054,50 € → ≈ 1.000 € al año (puede ser menor si le aplican reducciones por rendimientos bajos)
| Concepto | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Facturación (sin IVA) | 1.500 € | 18.000 € |
| Gastos de la actividad | − 250 € | − 3.000 € |
| Cuota de autónomos | − 303 € | − 3.632 € |
| IRPF estimado | − 83 € | − 1.000 € |
| Te quedan limpios | ≈ 864 € | ≈ 10.368 € |
Conclusión: a este nivel de ingresos, la cuota pesa mucho más (17 % de lo facturado, como en el caso anterior) y le quedan unos 58 € de cada 100. Si este mismo artesano estuviera en su primer año con tarifa plana, pagaría 80 € en lugar de 303 € y se quedaría con unos 223 € más al mes (más o menos, según el efecto en su IRPF).
Cuánto reservar de cada factura
En los dos ejemplos, la suma de cuota + IRPF ronda el 26-27 % de lo facturado sin IVA. Una regla práctica y fácil de aplicar:
- Cuando cobres una factura, separa el IVA completo (21 % del importe base) en una cuenta aparte.
- Aparta además entre el 25 % y el 30 % de la base para cuota de autónomos e IRPF.
- Lo que queda cubre tus gastos de la actividad y tu sueldo.
Ejemplo con una factura de 1.000 € + IVA:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Cobras | 1.210 € |
| IVA a apartar (21 %) | − 210 € |
| Cuota e IRPF (≈ 27 %) | − 270 € |
| Para gastos y sueldo | 730 € |
Si este porcentaje te parece alto, recuerda que una parte de ese dinero es deducible y te la compensa la renta. Además, si tus clientes te retienen IRPF en factura, ya has pagado parte del impuesto. Más detalle en [enlace interno: Cuánto dinero reservar de cada factura para los impuestos].
El primer año con tarifa plana
Durante el primer año, la cuota de la Seguridad Social puede reducirse a unos 80 € al mes, así que el coste real es mucho menor. Pero esto crea una falsa sensación de abundancia: cuando termine la tarifa plana, tu cuota subirá a la que te corresponda por tu tramo.
Un buen hábito es apartar cada mes la diferencia entre la cuota que pagarás después y los 80 €. Si cuando termine la tarifa plana te corresponde un tramo con cuota de 300 €, aparta 220 € mensuales: tendrás un colchón para el cambio y para una posible regularización.
Errores que distorsionan tus cuentas
- Contar el IVA como ingreso. Es el error número uno: te sientes con más dinero del que realmente es tuyo.
- Olvidar que el IRPF se liquida en la renta. Los anticipos pueden ser menores o mayores que el impuesto final.
- No incluir la gestoría y los demás gastos fijos al calcular cuánto necesitas facturar.
- Calcular sobre lo facturado, no sobre lo que queda. Para fijar precios, parte del sueldo que quieres y suma cuota, impuestos y gastos.
- Gastar la tarifa plana como si fuera la cuota definitiva.
- No guardar un colchón para los meses sin ingresos: la cuota se paga igual aunque no factures.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga un autónomo al mes como mínimo? La cuota mínima de la Seguridad Social es de unos 206 € con rendimientos de hasta 670 € al mes, o unos 80 € con tarifa plana el primer año. A eso se suman los impuestos y los gastos de la actividad.
¿Cuánto le queda a un autónomo de cada factura? Depende de sus gastos y de su nivel de ingresos. En nuestros ejemplos, alrededor del 58 % de lo facturado sin IVA, antes de descontar el sueldo que se le paga a sí mismo.
¿El autónomo paga IRPF cada mes? No exactamente. Paga anticipos trimestrales (modelo 130) o le retienen en las facturas, y el impuesto final se liquida una vez al año en la declaración de la renta.
¿El IVA lo paga el autónomo? No con su dinero: lo paga el cliente en cada factura y el autónomo lo ingresa en Hacienda. Lo que sí paga es el IVA de sus propias compras, que normalmente se deduce.
¿Cuánto tengo que facturar para que merezca la pena ser autónomo? Una orientación: calcula el sueldo neto que quieres, divide entre 0,58 aproximadamente (para cubrir cuota, impuestos y gastos), y obtendrás la facturación mensual sin IVA que necesitas. Para ver cuánto cobrar por hora, consulta [enlace interno: Cuánto cobrar como freelance: cómo calcular tu tarifa por hora].
¿Se paga cuota si un mes no facturo? Sí. La cuota de la Seguridad Social se paga igualmente cada mes mientras estés de alta.
Conclusión
Para saber cuánto paga un autónomo al mes no basta con mirar la cuota: hay que sumar el IRPF, apartar el IVA y contar los gastos fijos. Con los datos de estos ejemplos, una buena norma es reservar un 25-30 % de lo que facturas sin IVA para cuota e IRPF, mantener el IVA siempre aparte y revisar tus números cada trimestre. Así, lo que te queda es realmente tuyo.
Fuentes oficiales para contrastar los datos: Seguridad Social (tabla de tramos y simulador de cuotas), Agencia Tributaria (escala del IRPF, modelos 130 y 303) y BOE.