Calendario fiscal del autónomo 2026: fechas de los modelos 303, 130 y 111

Los autónomos presentan sus impuestos cuatro veces al año, en los meses de enero, abril, julio y octubre. La regla general es sencilla: los modelos 303 (IVA) y 130 (IRPF) se presentan del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre. El truco está en que los modelos 111 y 115 (retenciones) cierran el 20 de enero, diez días antes que el 303 y el 130.

En esta guía tienes el calendario completo de 2026 con las próximas fechas, qué modelo te toca presentar según tu situación, hasta cuándo puedes domiciliar el pago y qué recargo pagas si llegas tarde.

Resumen rápido: 303 y 130 → días 1 a 20 de abril, julio y octubre, y 1 a 30 de enero · 111 y 115 → días 1 a 20 de abril, julio, octubre y enero · domiciliación hasta el día 15 (o unos días antes del final en enero) · si el último día cae en sábado o festivo, se traslada al siguiente día hábil.

Índice

  1. Calendario trimestral de 2026
  2. Qué modelo presenta cada autónomo
  3. Próximas fechas: de noviembre de 2026 a marzo de 2027
  4. Domiciliación del pago
  5. Qué pasa si el plazo cae en fin de semana o festivo
  6. Otras fechas del año: renta, resumen anual y modelo 347
  7. Recargos por presentar tarde
  8. Cómo no olvidarte de ninguna fecha
  9. Errores frecuentes
  10. Preguntas frecuentes

Calendario trimestral de 2026

Estas son las fechas de presentación de los modelos trimestrales de los autónomos:

TrimestrePeriodo declaradoModelos 303, 130, 131 y 349Modelos 111 y 115
1T 2026Enero-marzo1 a 20 de abril1 a 20 de abril
2T 2026Abril-junio1 a 20 de julio1 a 20 de julio
3T 2026Julio-septiembre1 a 20 de octubre1 a 20 de octubre
4T 2026Octubre-diciembre1 a 30 de enero de 20271 a 20 de enero de 2027

Qué es cada modelo:

  • Modelo 303: declaración trimestral del IVA.
  • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF para autónomos en estimación directa.
  • Modelo 131: el equivalente para quienes tributan por módulos.
  • Modelo 111: retenciones del IRPF practicadas a trabajadores o a profesionales.
  • Modelo 115: retenciones por alquileres de locales de negocio.
  • Modelo 349: operaciones intracomunitarias (si las tienes).

[enlace interno: Cómo presentar el modelo 303 de IVA paso a paso] · [enlace interno: Modelo 130 de IRPF: cómo calcularlo y presentarlo]

Qué modelo presenta cada autónomo

No todos presentan todos los modelos. Esta tabla te ayuda a saber cuáles te tocan:

Modelo¿Lo presentas?
303 (IVA)Sí, si tu actividad tributa por IVA (la mayoría). Hay actividades exentas que no lo presentan.
130 (IRPF)Sí, si estás en estimación directa, salvo que al menos el 70 % de tus ingresos lleven retención en factura.
131 (IRPF módulos)Solo si tributas por módulos.
111 (retenciones)Si pagas nóminas o facturas de profesionales con retención de IRPF.
115 (alquiler de local)Si alquilas un local para tu actividad con retención.
349 (intracomunitarias)Si vendes o compras servicios o bienes a empresas de otros países de la UE.

Un autónomo típico que trabaja solo, desde casa y sin retenciones a terceros presenta dos modelos cada trimestre: el 303 y el 130. Si tus facturas ya llevan retención de IRPF en su mayoría, puedes quedar exento del 130. [enlace interno: Retención del 7 % para nuevos autónomos: cuándo aplicarla en la factura].

Próximas fechas: de noviembre de 2026 a marzo de 2027

Si estás leyendo esto a principios de noviembre de 2026, el tercer trimestre ya se cerró el 20 de octubre. Lo que viene es:

FechaQué vence
5 de noviembre de 2026Segundo pago de la Renta 2025, si elegiste fraccionar en dos plazos (el 40 % restante)
20 de diciembre de 2026Pago fraccionado del Impuesto de Sociedades (modelo 202), solo para sociedades
20 de enero de 20274T 2026: modelos 111 y 115 (retenciones)
30 de enero de 20274T 2026: modelos 303, 130 y 131, más los resúmenes anuales de IVA y retenciones que te correspondan (ver más abajo)
Marzo de 2027Modelo 347 (operaciones con terceros superiores a 3.005,06 €), si te corresponde

Atención al 30 de enero de 2027: cae en sábado. Como los sábados no son días hábiles para los plazos tributarios, el vencimiento se trasladaría al siguiente día hábil, el lunes 1 de febrero. Confirma la fecha exacta en el calendario oficial de la Agencia Tributaria, y si puedes, presenta antes: es un plazo fácil de apurar de más.

Domiciliación del pago

Si domicilias el pago, el plazo para presentar es más corto:

TrimestrePlazo normalHasta cuándo domiciliar
1T, 2T y 3T1 a 20 del mesDía 15 del mes (abril, julio, octubre)
4T (303, 130, 131)1 a 30 de eneroHasta el 25-27 de enero
4T (111, 115)1 a 20 de eneroHasta el 15 de enero

La domiciliación tiene una ventaja clara: el cargo se hace el último día del plazo, no el día en que presentas. Es una forma de no tener que acordarte de pagar. La contrapartida es que debes tener saldo suficiente en la cuenta ese día, porque si el cargo falla se considera impago.

Qué pasa si el plazo cae en fin de semana o festivo

Si el último día de un plazo cae en sábado, domingo o festivo, se traslada al siguiente día hábil. En 2026, por ejemplo, el 20 de julio fue lunes y el 20 de octubre martes, así que no hubo ajuste. En las fechas que puedan variar, es mejor presentar con unos días de margen que contar con la prórroga.

La domiciliación tiene su propia fecha límite, que también se ajusta si cae en día inhábil.

Otras fechas del año: renta, resumen anual y modelo 347

Además de los trimestrales, hay obligaciones anuales que conviene tener en el radar:

ObligaciónCuándoQuién
Declaración de la rentaAbril a 30 de junio (la de 2025 se presentó en 2026; la de 2026, en abril-junio de 2027)Autónomos y particulares
Modelo 390 (resumen anual de IVA)EneroQuienes estén obligados
Modelo 190 (resumen anual de retenciones del trabajo y profesionales)EneroQuienes presenten el 111
Modelo 347 (operaciones con terceros)Marzo (en 2026, hasta el 2 de marzo)Operaciones con un mismo cliente o proveedor superiores a 3.005,06 €
Modelo 720 (bienes en el extranjero)Hasta el 31 de marzoSi superas los límites
Modelo 200 (Impuesto de Sociedades)25 de julio (o el siguiente día hábil)Solo sociedades

[enlace interno: Declaración de la renta de autónomos: guía con casos prácticos]

Recargos por presentar tarde

Si presentas fuera de plazo y por tu propia iniciativa (sin que Hacienda te haya enviado antes un requerimiento), aplican recargos sobre el importe a pagar. Orientativamente:

RetrasoRecargo aproximado
Presentar el mes siguiente al plazo1 % + 1 % por cada mes completo de retraso
Hasta 12 meses de retrasoDel 1 % al 12 %, según los meses completos
Más de 12 meses15 % más intereses de demora

Ejemplo: un autónomo debe pagar 800 € de IVA y presenta con tres meses completos de retraso. El recargo sería del orden del 4 % (1 % + 3 meses), es decir, unos 32 €. Si ya había recibido un requerimiento, el recargo desaparece, pero entra en juego una sanción, que puede ser bastante mayor.

Además, presentar fuera de plazo no sale gratis ni siquiera cuando el resultado es cero: ciertas obligaciones formales pueden conllevar sanción aunque no haya nada que pagar. [enlace interno: Qué pasa si presentas tarde el modelo 303 o el 130: recargos y sanciones].

Cómo no olvidarte de ninguna fecha

  1. Pon recordatorios recurrentes en tu calendario el día 1 de cada mes de presentación (enero, abril, julio y octubre). No esperes al 20.
  2. Presenta pronto. El plazo abre el día 1: tener los datos cerrados la primera semana te evita los apuros.
  3. Domicilia el pago para no tener que acordarte, pero deja saldo.
  4. Lleva la facturación al día. Presentar es rápido si tienes facturas y gastos ordenados. [enlace interno: Cómo hacer una factura de autónomo correcta].
  5. Reserva el dinero de cada cobro para IVA e IRPF. [enlace interno: Cuánto dinero reservar de cada factura para los impuestos].
  6. Revisa tu situación al terminar el año para ver qué resúmenes anuales te corresponden.
  7. Si usas gestoría, confirma por escrito qué modelos presenta por ti y qué datos debes enviarle y cuándo.

Errores frecuentes

  • Pensar que el 4T tiene siempre el mismo plazo para todos los modelos. El 111 y el 115 cierran el 20 de enero; el 303 y el 130, el 30.
  • No presentar un trimestre sin actividad. Si estás de alta y tu actividad requiere el modelo, debes presentarlo aunque no hayas facturado (a cero, si procede).
  • Domiciliar sin saldo. El cargo fallido se trata como impago.
  • Apurar el último día. Un fallo en la sede electrónica o en tu certificado digital puede dejarte fuera de plazo.
  • Olvidar el 111 cuando pagas a profesionales o empleados con retención.
  • Confundir presentar con pagar. Si domicilias, la fecha de presentación y la de cargo no coinciden.
  • Usar un calendario de otro año. Las fechas se mantienen, pero los días de la semana cambian y con ellos los traslados por fin de semana.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presentan los trimestrales de los autónomos? En abril, julio, octubre y enero. Los modelos 303 y 130 se presentan del 1 al 20 de abril, julio y octubre y del 1 al 30 de enero.

¿Hasta qué día puedo presentar el modelo 303 del cuarto trimestre? Hasta el 30 de enero. En 2027 esa fecha cae en sábado, así que se traslada al siguiente día hábil; consulta el calendario oficial.

¿El modelo 111 tiene el mismo plazo que el 303 en enero? No. El 111 y el 115 cierran el 20 de enero.

¿Tengo que presentar el 130 si ya me retienen IRPF en las facturas? Si al menos el 70 % de tus ingresos de la actividad llevan retención, puedes estar exento. Compruébalo con tus datos.

¿Qué pasa si no tengo ingresos en un trimestre? Si estás de alta y tu actividad exige el modelo, debes presentarlo igualmente (a cero). Si has cesado, debes darte de baja para dejar de presentarlos. [enlace interno: Cómo darse de baja como autónomo sin problemas ni sanciones].

¿Cuándo es la declaración de la renta? La campaña va de abril a finales de junio. La de 2026 se presentará en 2027; la Agencia Tributaria anuncia las fechas exactas cada año.

¿Se pueden presentar los modelos antes de que acabe el trimestre? No. El plazo abre el día 1 del mes siguiente al trimestre.

Conclusión

El calendario del autónomo se resume en cuatro citas al año y una excepción en enero. Si memorizas que los modelos 303 y 130 cierran el 20 de abril, julio y octubre y el 30 de enero, y que los de retenciones (111 y 115) cierran el 20 de enero, tendrás cubierto el 90 % del año. El resto es apuntar los recordatorios, domiciliar con saldo y no dejar el trámite para el último día.

Fuentes oficiales para contrastar los datos: calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria, orden anual de plazos en el BOE y sede electrónica de la AEAT.

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